A ambos lados del Brexit
Brexit – perspectiva desde el Reino Unido
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Persona Responsable de los productos cosméticos
El Gobierno británico publicó en el pasado 2018 una Guía Técnica tratando de cubrir ciertos aspectos de los Reglamentos presente en la Unión Europea que no serán de aplicación en un escenario post-Brexit.
Tal y como era de esperar, el documento titulado “bienes comerciales regulados bajo la nueva dirección si no hay un acuerdo para Brexit” (“Trading goods regulated under the ´New approach´ if there´s no Brexit deal”) confirma que la libre circulación de los bienes puestos en el mercado previamente al Brexit estará permitida. De la misma forma, los bienes fabricados dentro del Reino Unido siguiendo los requisitos establecidos por la UE, y evaluados en función de estos podrán seguir siendo puestos en el mercado durante un tiempo limitado (aunque no se establece una fecha límite).
Sin embargo, las Personas Responsables basadas en un país europeo no serán reconocidas una vez Brexit tenga lugar, ya que las Personas Responsables tienen funciones específicas con respecto a la seguridad del producto en el mercado. También recuerda a las empresas que tendrán que apuntar a un nuevo representante en el mercado del Reino Unido, que deberá estar localizado dentro del territorio británico, pero este representante no podrá llevar a cabo ninguna de las tareas y responsabilidades con respecto al producto en el mercado europeo.
Esencialmente, se establece que la relación se romperá por ambos lados, y la posición del gobierno británico es muy clara en este respecto. Y a pesar de ello, todavía no se ha dado indicación del sistema alternativo que se implementará para la cosmetovigilancia. En este momento, la supervisión de los productos cosméticos recae sobre National Trading Standards.
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CPNP
Para todas aquellas Personas Responsables dentro de la unión europea con productos notificados en el CPNP y cuya dirección sea dentro del territorio británico, las cuentas del CPNP serán desactivadas. Esto significa que individuos o empresas dejarán de tener acceso a las notificaciones a no ser que se hayan transferido las notificaciones a una empresa con sede legal en Europa. Esto debe realizarse antes del 29 de Marzo del 2019 para que pueda tener efecto.
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REACH
Los importadores de sustancias y mezclas que hayan registrado sustancias usando un registrante basado en el Reino Unido, dejarán de ser reconocidos bajo la Unión Europea.
El cuerpo principal de la legislación será transpuesto a la ley del Reino Unido, creando lo que se ha denominado REACH-UK. Los operadores y registrantes que continúen teniendo actividad en el mercado británico deberán completar un pre-registro durante los 60 días siguientes al día de salida de la Unión. Tras esto, se concede un plazo de 2 años para finalizar el proceso de registro. El pre-registro no incluirá el abono de tasas, pero se ha comentado que estas serán de un importe similar a las tasas actuales de la ECHA.
Para todos aquellos fabricantes británicos que compraban materias primas en el territorio europeo, ahora corren el riesgo de ser considerados como importadores. Seguir comprando materias primas a fabricantes/distribuidores localizados en la Unión Europea y transportándolos a través de la frontera con el Reino Unido. En este paso aduanero, la legislación REACH-UK tendría efecto. Actualmente, el Departamento de Medioambiente y Agroalimentario está investigando la creación de un sistema informático para la implementación de REACH-UK
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Otras implicaciones
La salida del Reino Unido de la UE tiene otras consideraciones a nivel comercial que se deben tener en cuenta. Esta salida significa que todo transporte de mercancías a través de la frontera UK-EU estará sujeta a impuestos y no habrá libre circulación de bienes. Adicionalmente, las reglas de origen para los acuerdos preferenciales tendrán que ser revisadas y documentos como las declaraciones de proveedor a largo plazo relativas al origen preferencial de los bienes deberán ser revisados.
Brexit – perspectiva desde Europa
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Persona responsable de los productos cosméticos
Desde la Unión Europea, el reconocimiento de las personas responsables dentro del Reino Unido cesará. Compañías o representantes legales deberán estar instalados en uno de los países de la Unión y ser capaces de proporcionar una dirección válida dentro del territorio europeo.
La Unión Europea no contempla periodos de gracia ni excepciones, al igual que el Reino Unido. Las responsabilidades legales de la Persona Responsable implican que deberán estar designados previamente al 29 de marzo del 2019 para ser legal.
Esto tiene consideraciones adicionales dentro de los productos que se encuentran en el mercado actualmente, ya que la dirección que aparece en los productos puestos en circulación por entidades británicas tendrá, como es requisito legal, la dirección de la persona responsable británica. En este caso, a partir del 29 de marzo, estas etiquetas no serían legales. Para evitar esto, medidas se deberán poner en práctica para asegurar que el etiquetado cumple con los requisitos legales. Estrategias como la fabricación de unidades destinadas al consumo europeo, sobre-etiquetado de productos o establecer un contacto directo con las autoridades locales donde el nuevo responsable se encuentra localizado.
No habrá cambios en la forma en que las Personas Responsables actúan en la UE.
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CPNP
Todas las cuentas británicas del CPNP serán bloqueadas o eliminadas tras el 29 de marzo, tras lo cual la información no será accesible.
Nuevas notificaciones tendrán que ser creadas para los productos que ahora se considerarán importados al mercado europeo usando la Persona Responsable local. Mientras que el Reino Unido es todavía miembro de la Unión y con plenos derechos de acceso al CPNP, debemos recordad que se puede transferir la responsabilidad de la Persona Responsable y la notificación entre entidades, y que esta seguramente sea la forma más eficiente de controlar este cambio.
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REACH
Todas las sustancias y mezclas registradas bajo una empresa británica dejarán de ser reconocidas, y la titularidad del registro deberá pasarse a una entidad dentro de la Unión Europea o completarse el registro nuevamente para mantenerse dentro de la legalidad con la normativa vigente.
Es importante recordar que la monitorización de las sustancias que crucen las fronteras entre UK-EU ahora deberán contemplarse en el cálculo de los volúmenes anuales introducidos en el mercado. Donde el proveedor de una materia prima o producto cosmético se origine en una empresa o distribuidora británica, estas sustancias deberán incluirse en el cómputo total y dentro del umbral de la responsabilidad para empresas europeas.
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Otras implicaciones
Con respecto a estos mismos elementos, las consideraciones de los impuestos aduaneros con cada movimiento de sustancias y productos finales pueden suponer un coste adicional que puede dificultar el acceso al mercado en ambas direcciones. Esto debe de tenerse en cuenta para el suministro de productos a través de las diferentes regiones aduaneras.