Experimentación con animales, ¿qué está pasando en Europa?
El tema de la experimentación con animales en la industria cosmética tiene unos antecedentes y un destino altamente polarizantes, hasta ahí nadie lo puede negar. Como ocurre de vez en cuando con todos los temas que se dejan en el tintero, estos días hemos visto un resurgir del debate debido a que dos agencias europeas, la ECHA (European Chemicals Agency) y la EC (European Comission), parecen haber entrado en un conflicto de opiniones.
- LOS HECHOS
En primer lugar, para entender el origen del conflicto, debemos saber que estos dos organismos europeos se rigen por normas diferentes y tienen misiones diferentes tras sus regulaciones.
No debería ser ninguna sorpresa a estas alturas que la Comisión Europea ha regulado la prohibición de la experimentación en productos cosméticos e ingredientes. En el Reglamento 1223/2009 esto quedó claramente estipulado bajo la frase “con objeto de cumplir los requisitos del presente Reglamento” en la que establece, que para realizar una evaluación de la seguridad de un ingrediente o de un producto cosmético no se puede recurrir a la experimentación en animales.
Por otra parte, encontramos la ECHA, que hace de su campo de acción las sustancias químicas y de su misión la protección de la salud humana y el medio ambiente. Para ello cuentan con un reglamento propio, el REACH (1907/2003), que determina los requisitos para el registro de las sustancias. En el REACH no existe una prohibición sobre la experimentación en animales, aunque sí que reiteran que se deben racionalizar y priorizar los métodos alternativos o diseños experimentales, y tener en cuenta el Reglamento 1223/2009 de la Comisión Europea.
Como vemos, aunque no entran en un conflicto directo, no hay una unificación del criterio establecido en cuanto a la evaluación de la seguridad. La ECHA mantiene que puede ser necesario la experimentación en animales para determinar que la sustancia química no tiene un riesgo para la salud humana (entendiendo a personas que puedan estar expuestas al ingrediente) o para el medio ambiente. La Comisión se mantiene firme en que para los productos cosméticos, las alternativas son suficientes y válidas.
- LA HISTORIA
El desarrollo de esta historia radica en diferentes puntos, el personaje principal sigue siendo la experimentación con animales, pero entran en escena el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), empresas del sector, La organización PETA y el Defensor del Pueblo Europeo.
Por un lado, encontramos la noticia de que varias empresas del sector cosmético han llevado al TJUE su causa. Su reivindicación: la experimentación en animales se ha llevado a cabo fuera del territorio de la Unión Europea y el objetivo no era cumplir el Reglamento 1223/2009, sino legislaciones de terceros países (recordad la frase empleada en los hechos). Con ello, estas empresas podrían sentar un precedente peligroso en el que la experimentación con animales fuese una realidad poco evitable.
Por otro lado, la asociación PETA, en su eterna defensa de los derechos de otras especies, ha puesto una queja ante el Defensor del Pueblo Europeo, la organización que se encarga de presentar las reivindicaciones de individuos, empresas y asociaciones frente a la Unión Europea. No es la primera vez que PETA se encara a la Unión Europea sobre este tema, y en todos los casos presentaba un caso más que razonable. En esta ocasión, la reclamación se basa en el pobre solapamiento entre el Reglamento sobre productos cosméticos y el REACH. Aunque la ECHA recomienda emplear alternativas y minimizar los estudios en animales, sigue manteniendo que para garantizar la seguridad de los que manipulan los productos químicos y el medio ambiente pueden hacerse estos ensayos. Estos mismos productos químicos son los que pueden terminar en productos cosméticos, dando lugar a una posible incoherencia.
- EL FINAL
Sabemos que habrá una secuela a estas historias vinculadas y que el tema de la experimentación con animales siempre termina con un fundido en negro y el temido mensaje de que debemos esperar al siguiente capítulo.
Por el momento, el TJUE ha determinado que no existen excepciones a la prohibición de experimentación con animales. Realizar experimentación con animales para cumplir con reglamentos de terceros países o fuera de la Comunidad Europea implica la prohibición de comercialización dentro de la Unión Europea del producto cosmético. Se elimina así la posibilidad de un vacío legal, una vía trasera a la experimentación con animales. La industria seguirá afrontando el reto de la exportación.
El Defensor del Pueblo Europeo ha decidido aceptar la causa presentada por PETA y la llevará adelante. La resolución del TJUE, un “sin excepciones”, beneficia claramente esta reclamación. La ECHA y la CE ya han declarado que revisarán los solapamientos entre ambas legislaciones.
Por ahora, continuará…