Proyecto de ley por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento Cosmético
Ha tenido lugar la consulta al Comité de Productos Cosméticos sobre el proyecto por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento 1223/2009.
La opinión del comité respecto a la consulta de aprobación del proyecto de reglamento ha sido positiva.
Recordamos que este proyecto pretende aplicar el Reglamento 2020/1182 (15ª adaptación ATP del Reglamento CLP) sobre la prohibición de utilizar como ingredientes cosméticos las sustancias clasificadas como CMR.
Este paso es la continuación a la recepción por parte de la OMS del borrador del reglamento por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos, en lo que se refiere al uso en productos cosméticos de determinadas sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción
Finalmente, en este proyecto de reglamento se añaden 23 entradas al Anexo II (sustancias prohibidas) del Reglamento (CE) Nº 1223/2009 sobre productos cosméticos, con las consecuentes eliminaciones de las entradas relacionadas en los anexos III y V. Quedan prohibidos con esta modificación del reglamento ingredientes entre los que se encuentra ZINC PYRITHIONE y BUTYLPHENYL METHYLPROPIONAL.
Así mismo, se modifican los anexos III y V, respectivamente con la sustitución del texto de:.
- Entrada 24 (Anexo III), referente a Zinc acetate, Zinc chloride, Zinc gluconate, Zinc glutamate
- Entrada 51 (Anexo V) referente a Sodium Hydroxymethylglycinate
Se aplicará este reglamento a partir del 1 de marzo del 2022.
En el enlace puede consultarse el documento en diferentes idiomas y la lista de ingredientes que quedan modificados con esta actualización.